REGLA 4.8.1. AUTORIZACIÓN PARA DESTINAR MERCANCÍAS AL RÉGIMEN DE RECINTO FISCALIZADO ESTRATÉGICO Y SU CANCELACIÓN

     

    Para los efectos del artículo 135-A de la Ley , los interesados en obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico , deberán presentar su solicitud, ante la ACAJA , en el Portal del SAT, accediendo a la Ventanilla Digital, y cumplir con lo establecido en la ficha de trámite 116/LA .

    Las personas autorizadas para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico de conformidad con el párrafo anterior, podrán solicitar la cancelación voluntaria de su autorización, de conformidad con lo dispuesto en el Apartado D de la ficha de trámite 116/LA.