Instructivo de trámite de mercancías donadas al Fisco Federal conforme al artículo 61, fracción XVII de la Ley Aduanera.

    A. Mercancías que para su importación requieren el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias

    ¿Quiénes lo presentan?

    El donatario.

    ¿Dónde se presenta?

    Ante la ACNCEA, de conformidad con la regla 1.2.1.

    ¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite?

    Oficio de respuesta a la solicitud de autorización para la importación de mercancías donadas al Fisco Federal, conforme al artículo 61, fracción XVII de la Ley.

    ¿Cuándo se presenta?

    En cualquier momento.

    Requisitos:

    1.2.ACNCEA, signada por el donante en el extranjero, en la que se deberá manifestar:

    a)i)ii)b)c)d)3.ACNCEA, en hoja membretada, signada por el representante legal del donatario, en la que se deberá manifestar:

    a)b)c)En caso que los autorizados entreguen las mercancías recibidas en donación a un tercero, se debe adjuntar lo siguiente:

    i)ii)

    4.5.6.funcionamiento del hospital o clínica al que va a ser donada la mercancía de acuerdo al servicio que proporciona; el aviso de responsabilidad sanitaria y copia de la cédula profesional del médico responsable de cada establecimiento, así como manifestar lo siguiente:

    a)b)c)

    7.a)b)c) 8.Tratándose de fuentes de radiación adicionalmente a los requisitos de los numerales 1 al 5, copia de la licencia sanitaria expedida por la COFEPRIS, con el giro correspondiente.

    a)i)ii)b)i)ii)c)i)SSA1-2002, elaborados por el fabricante o el Asesor Especializado en Seguridad Radiológica autorizado por la COFEPRIS, firmados conjuntamente con el importador bajo protesta de decir verdad.

    9.a)b) c) d) e)

    Condiciones:

    1.2.que dichos organismos fueron creados correspondan a las actividades por las que se puede obtener autorización para recibir donativos deducibles de impuestos o personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR.

    3.a)b)c)d)e)4.5.

    Información adicional:

    1.2.3.ACNCEA comunicará el rechazo de la misma.

    B. Mercancías que para su importación no requieren el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias

    ¿Quiénes lo presentan?

    El donatario.

    ¿Dónde se presenta?

    A través del Portal del SAT, accediendo al apartado "Donaciones del Extranjero".

    ¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite?

    Oficio de respuesta a la solicitud de autorización para la importación de mercancías donadas al Fisco Federal, conforme al artículo 61, fracción XVII de la Ley.

    ¿Cuándo se presenta?

    En cualquier momento.

    Requisitos:

    1.

    Condiciones:

    1.2.

    Información adicional:

    1.

    Disposiciones jurídicas aplicables:

    Artículos 61, fracción XVII, de la Ley, 18 y 19 del CFF, Reglas 1.2.1., 3.3.12., y 3.3.15.