99/LA Instructivo de trámite para la acreditación de invitados permanentes ante el Consejo (Regla 1.11.1.). |
¿Quiénes lo presentan? Los peritos que propongan las confederaciones, cámaras y asociaciones industriales e instituciones académicas. |
¿Dónde se presenta? Ante la ACNCEA, de conformidad con la regla 1.2.2. |
¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite? Oficio de respuesta a la solicitud. |
¿Cuándo se presenta? En cualquier momento previo a las sesiones ordinarias o extraordinarias del Consejo. |
Requisitos: 1. Documento en el que se le designe como perito representante de la confederación, cámara o asociación industrial o institución académica de que se trate. 2. Curriculum vitae, firmado de manera autógrafa. |
Condiciones: 1. Contar con experiencia y conocimientos específicos respecto de la materia de clasificación arancelaria o afín. |
Información adicional: No aplica. |
Disposiciones jurídicas aplicables: Artículos 47 y 48 de la Ley, y las reglas 1.2.2., 1.11.1. |
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados