51/LA Instructivo de trámite para la exención de impuestos al comercio exterior en la importación de maquinaria, equipo obsoleto o desperdicios, donados por empresas con Programa IMMEX. Artículo 61, fracción XVI de la Ley (Regla 3.3.11.).

    ¿Quiénes lo presentan?

    Organismos públicos y personas morales no contribuyentes.

    ¿Dónde se presenta?

    Ante la ACAJA, a través del Portal del SAT, accediendo a la Ventanilla Digital, de conformidad con la regla 1.2.2., último párrafo.

    ¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite?

    Oficio de respuesta a la solicitud.

    ¿Cuándo se presenta?

    En cualquier momento.

    Requisitos:

    1. Manifestar:

    a) Número de Programa IMMEX autorizado por la SE vigente.

    b) Descripción de la mercancía, la cual debe proporcionarse con los datos señalados en la carta de donación.

    c) Fines a que se destinará la mercancía y uso específico.

    d) Descripción de los datos del donante.

    2. Nombramiento del funcionario público que firma la solicitud, en el caso de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, así como sus órganos desconcentrados.

    3. Carta de donación emitida por empresa con Programa IMMEX, a favor del interesado, en la que conste: Tipo de mercancía, (Maquinaría y equipo obsoleto o desperdicios), descripción detallada de la mercancía, cantidad, unidad de medida y, en su caso, marca, año-modelo y número de serie.

    4. Para las modificaciones a los datos proporcionados para obtener la autorización, deberán acreditar la modificación o adición solicitada, conforme a los requisitos previstos para el otorgamiento de la autorización.

    Condiciones:

    1. Estar inscrito y activo en el RFC.

    2. Contar con e.firma vigente.

    3. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

    4. Que el donante sea una empresa con Programa IMMEX otorgado por la SE.

    5. Que la persona moral no contribuyente sea donataria autorizada para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR.

    6. Que la mercancía se trate de maquinaria y equipo obsoleto o desperdicios, en su caso, ésta deberá tener una antigüedad mínima de 3 años contados a partir de la fecha en que la empresa con Programa IMMEX realizó la importación temporal.

    7. El fin y uso específico al que se destinen las mercancías deberá encontrarse vinculado con el objeto social de la solicitante.

    Información adicional:

    1. Los documentos exhibidos con anterioridad, que se encuentren vigentes al momento de una nueva solicitud, no deberán ser presentados nuevamente.

    Disposiciones jurídicas aplicables:

    Artículo 61, fracción XVI, de la Ley y las reglas 1.2.2. y 3.3.11.