13/LA Instructivo de trámite para la revocación de la autorización de mandatario (Regla 1.4.6.). |
¿Quiénes lo presentan? Agentes aduanales. |
¿Dónde se presenta? Ante la ACAJA, a través del Portal del SAT, accediendo a la Ventanilla Digital, de conformidad con la regla 1.2.2., último párrafo. |
¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite? Oficio de respuesta a la solicitud. |
¿Cuándo se presenta? En cualquier momento. |
Requisitos: 1. Manifestar nombre completo, RFC y CURP de los mandatarios que desee revocar. 2. Instrumento notarial en el cual conste la revocación del poder que sustentó la autorización otorgada al mandatario. |
Condiciones: 1. Estar inscrito y activo en el RFC. 2. Contar con e.firma vigente. 3. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. 4. No estar sujeto a alguno de los procedimientos de suspensión, cancelación, extinción de su patente, de conformidad con los artículos 164, 165 y 166 de la Ley. |
Información adicional: No aplica. |
Disposiciones jurídicas aplicables: Artículos 160, fracción VI, 164, 165, 166 de la Ley y las reglas 1.2.2., 1.4.6. |
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