111/LA Instructivo de trámite para dar aviso de la destrucción de mercancías para personas morales autorizadas conforme al artículo 121, fracción I, de la Ley (Regla 4.5.22., primer párrafo).

    ¿Quiénes lo presentan?

    Personas morales autorizadas conforme al artículo 121, fracción I de la Ley.

    ¿Dónde se presenta?

    Ante la ADACE que corresponda al lugar donde se encuentra la mercancía, de conformidad con la regla 1.2.2., último párrafo.

    ¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite?

    No se obtiene documento, no obstante, se otorga el acuse de recibo.

    ¿Cuándo se presenta?

    Cuando menos 15 días de anticipación a la fecha de destrucción.

    Requisitos:

    1.a)b)c)d)e)

    Condiciones:

    1.

     

    Información adicional:

    1.2.3.4.5.6.

    Disposiciones jurídicas aplicables:

    Artículos 119, 121, fracción I, de la Ley, 142, 179, del Reglamento y las reglas 1.2.2., 4.5.20., 4.5.22.