¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite? No se obtiene documento, no obstante, se otorga el acuse de recibo. | |||
¿Cuándo se presenta? Cuando menos 30 días de anticipación a la fecha de destrucción. | |||
Requisitos: 1.a)b)c)d)e)f)2.3. | Condiciones: 1.2. | Información adicional: 1.2.3.4.5. | Disposiciones jurídicas aplicables: Artículos 119 de la Ley; 142, 177, último párrafo y 179, del Reglamento y las reglas 1.2.2., 4.5.15. |
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados