REGLA 1.3.3: DOCUMENTOS VÁLIDOS PARA ACREDITAR DOMICILIO
Para efecto de acreditar el domicilio del interesado en realizar trámites en materia de comercio exterior ante la SE, deberá exhibirse en original o copia fotostática, cualquiera de los documentos siguientes:
I. Del recibo de pago del impuesto predial, luz, teléfono o agua, siempre que tenga una antigüedad no mayor a 3 meses.
II. Del estado de cuenta de alguna institución del sistema financiero, siempre que tenga una antigüedad no mayor a 3 meses.
III. Del contrato de arrendamiento o subarrendamiento vigente, con el último recibo de pago del arrendamiento o subarrendamiento correspondiente al mes en que se haga el acreditamiento o al mes inmediato anterior.
IV. Del pago, al Instituto Mexicano del Seguro Social, de las cuotas obrero-patronales causadas en el mes inmediato anterior.
V. Constancia de radicación expedida por el Municipio correspondiente, siempre que tenga una antigüedad no mayor a 3 meses.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados