REGLA 2.2.9: RECEPCIÓN DE PERMISOS DE IMPORTACIÓN O EXPORTACIÓN
Al recibir el permiso de importación o el permiso de exportación, el interesado o representante legal asentará nombre, firma y fecha en el tanto del permiso que corresponda a la SE, señalando que recibe de conformidad el permiso correspondiente.
Cuando el trámite se haya presentado por la Ventanilla Digital, la notificación se realizará conforme a lo establecido en el Título 5, Capítulo 5.6 "De las notificaciones" del presente Acuerdo (REGLAS SE: Regla 5.6.1).
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
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