REGLA 3.4.6: MERCANCÍAS PRESENTADAS EN UNA O VARIAS REMESAS O POR UNA O VARIAS ADUANAS (PREFERENCIA ARANCELARIA PROSEC)
Para los efectos de los artículos 5 y 11 del Decreto PROSEC, las mercancías podrán presentarse ante la aduana en una o varias remesas o por una o varias aduanas y aplicar la tasa arancelaria establecida en dicho Decreto sin que se entienda que por ello se contraviene la Regla 2 ya que el objeto de dicho Decreto es precisamente el de posibilitar que las empresas que cuenten con dicho programa importen cualesquiera de las mercancías contenidas en el mencionado artículo 5, según corresponda al sector de que se trate, sin haber establecido restricción cualitativa o cuantitativa alguna.
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