TRANSITORIOS DEL 15 DE JUNIO DE 2015

    PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, excepto lo referente al cumplimiento de la NOM-032-ENER-2013 y la NOM-014-SESH-2013 previsto en el Anexo 2.4.1, que entrará en vigor a los 15 días hábiles siguientes al de la publicación en el Diario Oficial de la Federación de este instrumento.

    SEGUNDO.- Los certificados de cumplimiento que se expidieron conforme a la NOM-151-SCT1-1999, serán aplicables en los términos previstos en la NOM-EM-015-SCFI-2015.