TRANSITORIOS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2015
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Los permisos previos vigentes que se hayan otorgado para exportar las mercancías señaladas en el numeral 7 BIS del Anexo 2.2.1 del Acuerdo que se modifica por virtud del presente instrumento, tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados