TRANSITORIOS DEL 13 DE DICIEMBRE DE 2013

    PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 13 de diciembre 2013.

    SEGUNDO.- Los certificados de cumplimiento con la NOM-024-SCFI-1998 que hayan sido expedidos previamente a la publicación del presente ordenamiento, seguirán aplicándose hasta su vencimiento en los términos en que fueron expedidos, y podrán continuar siendo utilizados para los efectos para los que fueron emitidos, siempre que la descripción de las mercancías señaladas en el documento correspondiente coincida con las mercancías presentadas ante la autoridad aduanera.