ANEXO 3.2.12: SECTORES PRODUCTIVOS A LOS QUE DEBERÁN PERTENECER LAS EMPRESAS SOLICITANTES DEL PROGRAMA IMMEX

    I. Agricultura;

    II. Ganadería;

    III. Pesca;

    IV. Minería de minerales metálicos y no metálicos excepto petróleo y gas;

    V. Generación, transmisión y suministro de energía eléctrica;

    VI. Industria alimentaria;

    VII. Industria de las bebidas y del tabaco;

    VIII. Textil y confección.- Cuando se incorporen mercancías del Anexo III (DECRETO IMMEX: Anexo II) del Decreto IMMEX, exclusivamente para la elaboración de bienes que se clasifiquen en los Capítulos 50 a 63 y en la subpartida 9404.90 de la Tarifa (Fabricación de insumos textiles, confección de productos textiles y prendas de vestir);

    IX. Fabricación de productos de cuero, piel y materiales sucedáneos;

    X. Industria de la madera;

    XI. Industria del papel;

    XII. Impresión e industrias conexas;

    XIII. Fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón;

    XIV. Industria química;

    XV. Industria del plástico y del hule;

    XVI. Fabricación de productos a base de minerales no metálicos;

    XVII. Industrias metálicas básicas;

    XVIII. Fabricación de productos metálicos;

    XIX. Fabricación de maquinaria y equipo;

    XX. Fabricación de equipo de computación, comunicación, medición y de otros equipos, componentes y accesorios electrónicos;

    XXI. Fabricación de equipo de generación eléctrica y aparatos y accesorios eléctricos;

    XXII. Fabricación de equipo de transporte y sus partes;

    XXIII. Fabricación de muebles y productos relacionados;

    XXIV. Abastecimiento, almacenaje o distribución de mercancías;

    XXV. Clasificación, inspección, prueba o verificación de mercancías;

    XXVI. Operaciones que no alteren materialmente las características de la mercancía, de conformidad con el artículo 15, fracción VI (DECRETO IMMEX: Art. 15) del Decreto IMMEX, que incluye envase, lijado, engomado, pulido, pintado o encerado, entre otros;

    XXVII. Integración de juegos (kits) o material con fines promocionales y que se acompañen en los productos que se exportan;

    XXVIII. Reparación, retrabajo o mantenimiento de mercancías;

    XXIX. Lavandería o planchado de prendas;

    XXX. Bordado o impresión de prendas;

    XXXI. Blindaje, modificación o adaptación de vehículo automotor;

    XXXII. Reciclaje o acopio de desperdicios;

    XXXIII. Diseño o ingeniería de productos;

    XXXIV. Diseño o ingeniería de software;

    XXXV. Servicios soportados con tecnologías de la información;

    XXXVI. Servicios de subcontratación de procesos de negocio basados en tecnologías de la información, y

    XXXVII. Otras actividades.