REGLA 1.4.1: AUTORIZACIÓN PARA ACTUAR EN ADUANAS ADICIONALES A LAS DE SU ADSCRIPCIÓN Y SOLICITUD DE READSCRIPCIÓN
Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 161 (LA: Art. 161) de la Ley, los agentes aduanales, podrán solicitar autorización para actuar en una aduana adicional a la de su adscripción, de conformidad con la ficha de trámite 8/LA del Anexo 2 (RGCE 2022: Anexo 2). En ningún caso se podrá autorizar a un agente aduanal para que efectúe despachos en más de 3 aduanas adicionales a la de su adscripción.
Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 161, tercer párrafo (LA: Art. 161) de la Ley, en los casos de supresión de alguna aduana, los agentes aduanales a ella adscritos o autorizados, podrán solicitar su readscripción, de conformidad con la ficha de trámite 9/LA del Anexo 2 (RGCE 2022: Anexo 2), en dicha solicitud podrán solicitar autorización para actuar en una nueva aduana adicional, cumpliendo con lo previsto en la ficha de trámite 8/LA del Anexo 2 (RGCE 2022: Anexo 2).
Ley 161 (LA: Art. 161), RGCE 1.2.2. (RGCE 2022: Regla 1.2.2) ,Anexo 2 (RGCE 2022: Anexo 2)
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
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