REGLA 3.3.9: MERCANCÍA EXENTA DEL SECTOR SALUD (ANEXO 9)
Para los efectos del artículo 61, fracción XIV (LA: Art. 61) de la Ley, las instituciones de salud pública o personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles del ISR, podrán importar las mercancías que se encuentren comprendidas en el Anexo 9. (RGCE 2022: Anexo 9)
Ley 61-XIV (LA: Art. 61), RGCE Anexo 9 (RGCE 2022: Anexo 9)
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados