TRANSITORIO ÚNICO

    Las modificaciones a las reglas 3.5.5. (RGCE 2022: Regla 3.5.5); 3.5.6. (RGCE 2022: Regla 3.5.6) y 3.5.8., primer párrafo (RGCE 2022: Regla 3.5.8), entrarán en vigor el mismo día en el que la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el DOF el 07 de junio de 2022, inicie su vigencia conforme a lo previsto en el Transitorio Primero del Decreto por el que se expide la Ley citada.