REGLA 1.12.9: REVOCACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN A MANDATARIOS DE AGENCIAS ADUANALES

    Para los efectos del artículo 167-F, fracción III de la Ley, las agencias aduanales interesadas en revocar las autorizaciones de sus mandatarios, deberán presentar la solicitud correspondiente, de conformidad con la ficha de trámite 34/LA del Anexo 2.