REGLA 7.4.9: ACTUALIZACIÓN DE LOS DATOS DE LA GARANTÍA O CARTA DE CRÉDITO, POR MODIFICACIÓN DE DATOS DE LOS CONTRIBUYENTES

    Los contribuyentes que garanticen el interés fiscal de conformidad con lo establecido en las reglas 7.4.1. y 7.4.7., en caso de modificación de clave del RFC, denominación y/o razón social, deberán presentar a través de la Ventanilla Digital la actualización de los datos de la fianza o carta de crédito dentro de los diez días posteriores a la fecha en que hayan efectuado el aviso ante el RFC, conforme al "Formato Único de garantías en materia de IVA e IEPS" del Anexo 1.