REGLA 2.1.1. HORARIOS DE LAS ADUANAS (ANEXO 4)
Para los efectos de los artículos 10 y 18 de la Ley, en el Anexo 4 , se determinan los días y horas que se consideran hábiles para la entrada al territorio nacional o la salida del mismo de personas, mercancías y medios de transporte.
Para los efectos del artículo 19 de la Ley , los administradores de las aduanas podrán habilitar lugares distintos del autorizado, así como días y horas inhábiles, en los casos en que el servicio así lo amerite.
Mexican Customs Law
Regulations Of The Mexican Customs Law
RGCE 2020
IMMEX Decree
Federal Fiscal Code
Foreign Trade Law
Regulations of Foreign Trade Law
Value Added Tax Law
Regulations of Value Added Tax Law
Federal Duties Law