1. Con el fin de fomentar el entendimiento entre las Partes o de abordar asuntos específicos que surjan conforme a este Capítulo, a solicitud de otra Parte, una Parte celebrará consultas con la Parte solicitante. En su solicitud, la Parte solicitante indicará, de ser pertinente, cómo el asunto afecta el comercio o la inversión entre las Partes.
2. La Parte a la que se le dirija la solicitud atenderá de manera completa y comprensiva las preocupaciones de la Parte solicitante.
3. Para facilitar la discusión del asunto objeto de las consultas, cada Parte procurará proporcionar información no confidencial y no privilegiada relevante a la otra Parte.
Mexican Customs Law
Regulations Of The Mexican Customs Law
RGCE 2020
IMMEX Decree
Federal Fiscal Code
Foreign Trade Law
Regulations of Foreign Trade Law
Value Added Tax Law
Regulations of Value Added Tax Law
Federal Duties Law