ARTÍCULO 22.5: TRIBUNALES Y ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS
1. Cada Parte otorgará a sus tribunales jurisdicción sobre reclamaciones civiles en contra de una empresa propiedad de o controlada a través de derechos de propiedad por un gobierno extranjero basada en una actividad comercial llevada a cabo en su territorio. Esto no se interpretará en el sentido de exigir a una Parte otorgar jurisdicción sobre aquellas reclamaciones si no otorga jurisdicción sobre reclamaciones similares contra empresas que no son de propiedad o no están controladas por medio de derechos de propiedad por un gobierno extranjero.
2. Cada Parte asegurará que cualquier órgano administrativo que la Parte establezca o mantenga que regule una empresa propiedad del Estado, ejerza sus facultades discrecionales de regulación de manera imparcial con respecto a las empresas que regula, incluidas las empresas que no son empresas propiedad del Estado.
Mexican Customs Law
Regulations Of The Mexican Customs Law
RGCE 2020
IMMEX Decree
Federal Fiscal Code
Foreign Trade Law
Regulations of Foreign Trade Law
Value Added Tax Law
Regulations of Value Added Tax Law
Federal Duties Law