ARTÍCULO 84 E: Infracciones relacionadas con empresas de factoraje
Se considera infracción en la que pueden incurrir las empresas de factoraje financiero y las sociedades financieras de objeto múltiple en relación a las obligaciones a que se refieren el primero y segundo párrafos del artículo 32-C de este Código (CFF: Art. 32C), el no efectuar la notificación de la transmisión de créditos operada en virtud de un contrato de factoraje financiero, o el negarse a recibir dicha notificación. (CFF: Art. 84F)
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