ARTÍCULO 139: DESISTIMIENTO DEL RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
Para efectos del artículo 93, segundo párrafo de la Ley (LA: Art. 93), el interesado podrá realizar el desistimiento del régimen de exportación (RGCE 2022: Regla 2.2.7) en todos los casos, excepto cuando existan discrepancias, inexactitudes o falsedades entre los datos contenidos en el Pedimento y las Mercancías a que el mismo se refiere.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
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Tratados