Artículo 1123: Número de árbitros y método de nombramiento
Con excepción de lo que se refiere al tribunal establecido conforme al Artículo 1126 (TLCAN: Art. 1126), y a menos que las Partes contendientes acuerden otra cosa, el tribunal estará integrado por tres árbitros. Cada una de las partes contendientes nombrará a uno. El tercer árbitro, quien será el presidente del tribunal arbitral, será designado por acuerdo de las Partes contendientes.
Ley Aduanera
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RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
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Ley del IVA
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