Artículo 1908: Disposiciones especiales para el Secretariado

     

  • Para facilitar el funcionamiento de este capítulo, incluida la labor de los paneles o comités que se convoquen de conformidad con este capítulo, cada una de las Partes creará una división dentro de su sección del Secretariado establecido de acuerdo con el Artículo 2002 (TLCAN: Art. 2002).
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  • Los secretarios del Secretariado otorgarán conjuntamente apoyo administrativo a todos los paneles o comités instalados con arreglo a este capítulo. El secretario de la sección de la Parte donde realice sus actuaciones un panel o comité, llevará los expedientes correspondientes, y conservará copia auténtica de los mismos en la oficina de la sección de esa Parte. Este secretario, previa solicitud de su homólogo, le proporcionará la copia de parte del expediente que se solicite, con la limitante de que sólo se proporcionarán las partes públicas del expediente al secretario de la sección de cualquier Parte no implicada
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  • ada secretario recibirá y archivará todas las solicitudes, memoriales y otros documentos que se presenten debidamente a un panel o comité en un procedimiento promovido ante el mismo conforme a este capítulo, y asignará un orden numérico progresivo a todas las solicitudes de integración de un panel o comité, número que constituirá el de archivo para los memoriales y otros documentos relacionados con la solicitud.
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  • El secretario de la sección de la Parte en la cual se lleva a cabo un procedimiento ante panel o comité, enviará a su homólogo de la otra Parte implicada, copia de todas las cartas oficiales, documentos y otros papeles que se reciban o archiven en la oficina de la sección de esa Parte, relativos a los procedimientos ante un panel o comité, con excepción del expediente administrativo que se manejará de conformidad con lo establecido en el párrafo 2. El secretario de la sección de una Parte implicada entregará, a petición de su homólogo de una Parte no implicada en el procedimiento, copia de los documentos públicos que se le soliciten.