ARTÍCULO 113: RÉGIMEN TEMPORAL DE EXPORTACIÓN
La exportación temporal (RGCE 2022: Regla 4.4.6) de mercancías nacionales o nacionalizadas se sujetará a lo siguiente:
ARTÍCULO 113: RÉGIMEN TEMPORAL DE EXPORTACIÓN
La exportación temporal (RGCE 2022: Regla 4.4.6) de mercancías nacionales o nacionalizadas se sujetará a lo siguiente: