ARTÍCULO 126: TRÁNSITO INTERNO DE BIENES DE CONSUMO FINAL
El tránsito interno para la importación de bienes de consumo final (RGCE 2022: Regla 4.6.6) sólo procederá en los términos y con las condiciones que señale el Reglamento. (RLA: Art. 186) (RLA: Art. 187) (RGCE 2022: Regla 1.9.13) (RGCE 2022: Regla 4.6.2) (RGCE 2022: Regla 4.6.11) (RGCE 2022: Regla 4.6.12)
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados