ARTÍCULO 13.17: GARANTÍA DE LA INTEGRIDAD DE LAS PRÁCTICAS DE CONTRATACIÓN
1. Cada Parte asegurará que existan medidas penales, civiles o administrativas para abordar la corrupción, fraude y otros actos ilícitos en sus contrataciones públicas.
2. Estas medidas podrán incluir procedimientos para inhabilitar, suspender o declarar inelegible para participar en las contrataciones de la Parte, por un plazo establecido, a proveedores que una Parte haya determinado que se han involucrado en corrupción, fraude u otros actos ilícitos relacionados con la elegibilidad de un proveedor para participar en la contratación pública de una Parte. Cada Parte:
3. Cada Parte asegurará de que haya establecido políticas o procedimientos para abordar posibles conflictos de interés por parte de aquellos involucrados o que tengan influencia sobre una contratación.
4. Cada Parte también podrá establecer políticas o procedimientos, incluidas disposiciones en la documentación de la licitación, que exijan a los proveedores ganadores mantener y aplicar controles internos efectivos, ética comercial y programas de cumplimiento, teniendo en cuenta el tamaño del proveedor, particularmente PYMEs y otros factores relevantes para prevenir y detectar la corrupción, el fraude y otros actos ilícitos.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados