REGLA 1.2.3: PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ANTE LA ADUANA POR BUZÓN O MEDIANTE CORREO CERTIFICADO
La presentación de promociones que en los términos de la presente Resolución deba hacerse ante una aduana, se hará a través del buzón para trámites que se encuentre ubicado en cada aduana, en un horario de lunes a viernes de 9:00 horas a las 18:00 horas, no siendo aplicable para estos efectos lo señalado en la regla 2.1.1. (RGCE 2020: Regla 2.2.1) y el Anexo 4 (RGCE 2020: Anexo 4), relativos al despacho aduanero y los trámites que conlleva el mismo. En el caso de operaciones en las que de conformidad con la presente Resolución no se requiera la presentación física de las mercancías ante la aduana, la documentación deberá presentarse ante los módulos asignados por cada aduana para tales efectos.
Tratándose de los avisos que se presentan ante la ADACE, podrán enviarse por correo certificado con acuse de recibo, siempre que el envío se efectúe desde el lugar en que se encuentra registrado el domicilio fiscal del interesado. En estos casos, se tendrá como fecha de presentación del escrito respectivo, la del día en que se deposite en la oficina de correos.
Para los efectos del párrafo anterior, se entenderá como oficina de correos a las oficinas postales de SEPOMEX.
RGCE 1.2.2. (RGCE 2020: Regla 1.2.2), 2.1.1. , Anexo 4 (RGCE 2020: Anexo 4)
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados