94/LA Instructivo de trámite para obtener inscripción inmediata en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo la modalidad de Comercializadora e Importadora, Operador Económico Autorizado o Socio Comercial Certificado (7.1.11.).

    ¿Quiénes lo presentan?

    Personas con registro de empresas certificadas otorgadas en términos de los apartados A o L de la regla 3.8.1., vigente hasta antes del 20 de junio de 2016; o las inscritas como Socio Comercial Certificado en términos de la regla 3.8.14., vigente hasta antes del 20 de junio de 2016.

    ¿Dónde se presenta?

    Ante la AGACE, mediante escrito libre.

    ¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite?

    Oficio de respuesta a la solicitud.

    ¿Cuándo se presenta?

    Dentro de los 30 días previos al vencimiento del plazo de vigencia de su registro.

    Requisitos:

    1. Manifestación bajo protesta de decir verdad:

    a) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y haber autorizado al SAT hacer pública la opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de la regla 2.1.27 de la RMF.

    b) Contar con personal registrado ante el IMSS o mediante subcontratación de trabajadores en los términos y condiciones que establecen los artículos 15-A al 15-D de la LFT.

    Las empresas que ejecuten obras o presten servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de la contratante, deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

    c) No encontrarse en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, y 69-B, tercer párrafo, del CFF.

    d) Tener registrados ante el SAT todos los establecimientos en los que realicen actividades vinculadas con el Programa de maquila o exportación o en los que se realicen actividades económicas y de comercio exterior, según sea el caso.

    e) Contar con correo electrónico actualizado para efectos del Buzón Tributario.

    f) No encontrarse suspendida en el Padrón de Importadores o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o Padrón de Exportadores Sectorial.

    g) Contar con clientes y proveedores en el extranjero, directa o indirectamente vinculados con el régimen aduanero con el que se solicita la certificación, con los que hayan realizado operaciones de comercio exterior durante los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

    h) Contar con proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional, vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando la certificación, durante los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. (Para aquellas empresas que no cuenten con proveedores de insumos en territorio nacional no estarán obligados al cumplimiento del presente requisito).

    i) Contar con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate, de al menos un año de vigencia a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

    j) No haber interpuesto por parte del SAT, querella o denuncia penal en contra de socios, accionistas, representante legal o integrantes de la administración de la empresa solicitante o, en su caso, declaratoria de perjuicio; durante los últimos 3 años anteriores a la presentación de la solicitud.

    k) Llevar el control de inventarios de conformidad con el artículo 59, fracción I, de la Ley.

    l) Llevar la contabilidad en medios electrónicos e ingresarla mensualmente a través del portal del SAT, de conformidad con el artículo 28, fracciones III y IV, del CFF y las reglas 2.8.1.6 y 2.8.1.7 de la RMF.

    2. Los interesados en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en su modalidad de Socio Comercial Certificado, solo deberán declarar bajo protesta de decir verdad que cumplen con lo señalado en los incisos a), b), c), d), e), i), j) y k).

    3. Las empresas con registro de empresas certificadas en términos de la regla 3.8.1., apartados A o L, vigente hasta el 9 de mayo de 2016, así como con certificación en materia IVA e IEPS conforme a las reglas 5.2.12. y 5.2.19., vigente hasta el 9 de mayo de 2016, deberán acreditar aquéllos requisitos que no hubieren acreditado al obtener la certificación en materia de IVA e IEPS manifestando bajo protesta de decir verdad que cumple con lo señalado en los incisos a), f), j) y l).

    Condiciones:

    1. Tener vigente la inscripción en el registro de empresas certificadas, otorgado de conformidad con la regla 3.8.1., apartado A o L, vigente hasta antes del 20 de junio de 2016.

    2. Tener vigente la inscripción como Socio Comercial Certificado en términos de la regla 3.8.14., vigente hasta antes del 20 de junio de 2016.

    Información adicional:

    1. Las empresas interesadas en la obtención del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en su modalidad de Comercializadora e Importadora, no se encontrarán sujetas al cumplimiento de haber efectuado operaciones de comercio exterior, durante los últimos 2 años, ni cumplir con los estándares mínimos de seguridad establecidos en el formato denominado "Perfil de la empresa".

    Disposiciones jurídicas aplicables:

    Ley 100-A, CFF 19, 28-III. IV,69, 69-B, LFT 15-A a 15-D, RGCE 1.2.1., 1.2.2., 7.1.1., 7.1.4., 7.1.5., RMF 2.1.27., 2.8.1.6., 2.8.1.7., Anexo 1.