ANEXO 22-D: APLICACIÓN A EMPRESAS PROPIEDAD DEL ESTADO Y MONOPOLIOS DESIGNADOS SUBCENTRALES
De conformidad con el Artículo 22.9.2 (T-MEC: Art. 22.9) (Anexos Específicos de las Partes), las siguientes disposiciones no aplican con respecto a una empresa propiedad del Estado de propiedad o controlada por un gobierno de nivel subcentral o un monopolio designado que haya sido nombrado por un gobierno de nivel subcentral:
Para Canadá:El Artículo 22.4.1(a) (T-MEC: Art. 22.4) (Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales),El Artículo 22.4.1(b) (T-MEC: Art. 22.4) (Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales), con respecto a las compras de una mercancía o servicio,El Artículo 22.4.1(c)(i) (T-MEC: Art. 22.4) (Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales),El Artículo 22.4.2 (T-MEC: Art. 22.4) (Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales), con respecto a los monopolios designados que han sido nombrados por un gobierno de nivel subcentral,El Artículo 22.5.2 (T-MEC: Art. 22.5) (Tribunales y Órganos Administrativos), con respecto a los organismos regulatorios administrativos establecidos o mantenidos por un gobierno de nivel subcentral,El Artículo 22.6.1 (T-MEC: Art. 22.6) , el Artículo 22.6.2 (T-MEC: Art. 22.6) y el Artículo 22.6.3 (T-MEC: Art. 22.6) (Asistencia No Comercial),El Artículo 22.6.4(a) (T-MEC: Art. 22.6) y el Artículo 22.6.5(a) (T-MEC: Art. 22.6) (Asistencia No Comercial), con respecto a la producción y venta de una mercancía en competencia con una mercancía similar producida y vendida por una inversión cubierta,El Artículo 22.6.4(b) y (c) (T-MEC: Art. 22.6) y el Artículo 22.6.5(b) y (c) (T-MEC: Art. 22.6) (Asistencia No Comercial),El Artículo 22.6.6 (T-MEC: Art. 22.6) (Asistencia No Comercial),El Artículo 22.10.1 (T-MEC: Art. 22.10) (Transparencia), yEl Artículo 22.10.4 (T-MEC: Art. 22.10) (Transparencia), con respecto a una política o programa adoptado o mantenido por un gobierno de nivel subcentral.Para México:El Artículo 22.4.1(a) (T-MEC: Art. 22.4) (Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales),El Artículo 22.4.1(b) (T-MEC: Art. 22.4) (Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales), respecto de las compras de una mercancía o servicio,El Artículo 22.4.1(c)(i) (T-MEC: Art. 22.4) (Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales),El Artículo 22.4.2 (T-MEC: Art. 22.4) (Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales), con respecto a los monopolios designados que han sido nombrados por un gobierno de nivel subcentral,El Artículo 22.5.2 (T-MEC: Art. 22.5) (Tribunales y Órganos Administrativos), con respecto a los organismos regulatorios administrativos establecidos o mantenidos por un gobierno de nivel subcentral,El Artículo 22.6.1 (T-MEC: Art. 22.6) , el Artículo 22.6.2 (T-MEC: Art. 22.6) y el Artículo 22.6.3 (T-MEC: Art. 22.6) (Asistencia No Comercial),El Artículo 22.6.4(a) (T-MEC: Art. 22.6) y el Artículo 22.6.5(a) (T-MEC: Art. 22.6) (Asistencia No Comercial), con respecto a la producción y venta de una mercancía en competencia con una mercancía similar producida y vendida por una inversión cubierta en el territorio de México,El Artículo 22.6.4(b) y (c) (T-MEC: Art. 22.6) y el Artículo 22.6.5(b) y (c) (T-MEC: Art. 22.6) (Asistencia No Comercial), yEl Artículo 22.10.1 (T-MEC: Art. 22.10) (Transparencia).Para Estados Unidos:El Artículo 22.4.1(a) (T-MEC: Art. 22.4) (Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales),El Artículo 22.4.1(b) (T-MEC: Art. 22.4) (Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales), con respecto a las compras de una mercancía o servicio,El Artículo 22.4.1(c)(i) (T-MEC: Art. 22.4) (Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales),El Artículo 22.4.2 (T-MEC: Art. 22.4) (Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales), respecto de los monopolios designados que han sido nombrados por un gobierno de nivel subcentral,El Artículo 22.5.2 (T-MEC: Art. 22.5) (Tribunales y Órganos Administrativos), con respecto a los organismos regulatorios administrativos establecidos o mantenidos por un gobierno de nivel subcentral,El Artículo 22.6.1 (T-MEC: Art. 22.6) , Artículo 22.6.2 (T-MEC: Art. 22.6) y Artículo 22.6.3 (T-MEC: Art. 22.6) (Asistencia No Comercial),El Artículo 22.6.4(a) (T-MEC: Art. 22.6) y el Artículo 22.6.5(a) (T-MEC: Art. 22.6) (Asistencia No Comercial), con respecto a la producción y venta de una mercancía en competencia con una mercancía similar producida y vendida por una inversión cubierta en el territorio de Estados Unidos,El Artículo 22.6.4(b) y (c) (T-MEC: Art. 22.6) y el Artículo 22.6.5(b) y (c) (T-MEC: Art. 22.6) (Asistencia No Comercial),yEl Artículo 22.10.1 (T-MEC: Art. 22.10) (Transparencia).