REGLA 1.9.5: PROCEDIMIENTO PARA LA TRASMISIÓN DE INFORMACIÓN POR EMPRESAS AÉREAS
La información a que se refiere el artículo 30 (RLA: Art. 30) del Reglamento, se deberá transmitir electrónicamente al SAT, utilizando el "Formato Estándar para el Intercambio de Información Electrónica para la Administración, el Comercio y el Transporte de los Estados Unidos de América" (US/EDIFACT) o el "Formato Estándar para el Intercambio de Información Electrónica para la Administración, el Comercio y el Transporte de las Naciones Unidas" (UN/EDIFACT), conforme a los lineamientos que establezca la AGA en coordinación de la AGCTI, mismos que se darán a conocer en el Portal del SAT, de conformidad con lo siguiente:
A. La información deberá transmitirse dentro de los siguientes plazos:
I. La información relativa a los pasajeros, hasta con 30 minutos antes de que la aeronave despegue del último aeropuerto en el extranjero con destino directo a territorio nacional o del territorio nacional hacia el extranjero, y
II. La información relativa a la tripulación, antes de que la aeronave despegue del último aeropuerto en el extranjero con destino directo a territorio nacional o del territorio nacional hacia el extranjero.
B. La información que se transmita electrónicamente deberá contener los siguientes datos:
I. De cada pasajero o tripulante:
a) Nombre completo;
b) Fecha de nacimiento;
c) Género/Sexo, y
d) Tipo (tránsito), opcional.
II. Del documento de viaje para acreditar la identidad del pasajero o tripulante:
a) Tipo: (pasaporte, visa o matricula consular expedida por el gobierno mexicano, tarjeta de residente permanente en los Estados Unidos de América o Canadá, o acta de nacimiento);
b) Número, cuando conste;
c) País emisor, y
d) Fecha de expiración, cuando conste.
III. Del vuelo:
a) Código del país y aeropuerto de origen;
b) Código de la línea aérea y número de vuelo;
c) Fecha y hora de salida;
d) Código del país y aeropuerto de destino, y
e) Fecha y hora de llegada.
La información exigida en la presente regla es la información conocida como Información Anticipada de Pasajeros (Advance Passenger Information o API por sus siglas en inglés).
Ley 6 (LA: Art. 6), 7 (LA: Art. 7), Reglamento 30 (RLA: Art. 30), RGCE 1.9.4. (RGCE 2022: Regla 1.9.4)
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados