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Tipo de cambio:

$ 16.87
  • Sitio en inglés:
    • RGCE 2020
    • 4 REGIMENES ADUANEROS
    • 4.3 TEMPORAL DE IMPORTACIÓN PARA ELABORACIÓN, TRANSFORMACIÓN O REPARACIÓN
  • REGLA 4.3.11: CONSTANCIAS DE TRANSFERENCIA

    Para los efectos del artículo 8, segundo párrafo (DECRETO IMMEX: Art. 8) del Decreto IMMEX, las empresas de la industria de autopartes, podrán enajenar partes y componentes importados temporalmente conforme a los artículos 108 (LA: Art. 108) de la Ley y 4 (DECRETO IMMEX: Art. 4) del citado Decreto, así como las partes y componentes que incorporen insumos importados temporalmente bajo su Programa IMMEX, a las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte para ser integrados a sus procesos de ensamble y fabricación de vehículos, siempre que se cumpla con lo dispuesto en las reglas 4.3.13., a la 4.3.19. (RGCE 2020: Regla 4.3.13) (RGCE 2020: Regla 4.3.14) (RGCE 2020: Regla 4.3.15) (RGCE 2020: Regla 4.3.16) (RGCE 2020: Regla 4.3.17) (RGCE 2020: Regla 4.3.18) (RGCE 2020: Regla 4.3.19), y se traslade el IVA que corresponda conforme al Capítulo II de la Ley del IVA por dichas enajenaciones. Las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte que no cumplan con lo dispuesto en las citadas reglas, serán responsables solidarios del pago de los créditos fiscales que lleguen a determinarse.

    Las empresas de la industria de autopartes deberán incorporar en el complemento de "Leyendas fiscales" del CFDI o anotar en el documento equivalente expedido, a las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, que dicha operación se efectúa en los términos de lo dispuesto en la presente regla.

    Ley 53 (LA: Art. 53), 108 (LA: Art. 108), 109 , Ley del IVA 8, 9, 10, 11, 12, Decreto IMMEX 4 (DECRETO IMMEX: Art. 4), 8 (DECRETO IMMEX: Art. 8), RGCE 4.3.13., 4.3.19. (RGCE 2020: Regla 4.3.13) (RGCE 2020: Regla 4.3.14) (RGCE 2020: Regla 4.3.15) (RGCE 2020: Regla 4.3.16) (RGCE 2020: Regla 4.3.17) (RGCE 2020: Regla 4.3.18) (RGCE 2020: Regla 4.3.19)

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